Nuevas técnicas de reproducción humana

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El nacimiento del primer ‘bebe-probeta’ en 1978 fue anunciado con titulares en todo el mundo. Todos, a excepción del Vaticano, dieron la bienvenida a este nuevo descubrimiento en la ciencia humana. Después de todo, el hombre es la creación fundamental de Alláh. Alláh ha creado el universo para el hombre, pero ha creado al hombre para Él. Durante las últimas cinco décadas, el hombre ha dado grandes saltos en ciencia y en tecnología. Una de las áreas que más nos ha asombrado es la de las nuevas técnicas en la reproducción humana.

Es interesante anotar que hasta en este tema, el Islam se mantiene en medio de dos puntos de vista extremos: por una parte, la Iglesia Católica Romana ha condenado categóricamente la fertilización in vitro, la inseminación artificial y la maternidad suplente. Por otra, los liberales permiten estos métodos, sin que les importe si son realizados por parejas casadas o no. El Islam, como veremos a continuación, permite las nuevas tecnologías de reproducción mientras se realicen entre parejas casadas.

En ese capítulo, examinaremos las nuevas técnicas diseñadas para ayudar a las parejas en la reproducción, y veremos si el Islam las aprueba o no.

TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA

1. INSEMINACIÓN ARTIFICIAL CON SEMEN DEL MARIDO.

La AIH (Artificial Insemination by Husband) se utiliza cuando el marido puede producir semen, pero su semen no es completamente adecuado para lograr la fertilización. Lo inadecuado del semen puede ser atribuido a un bajo numero de espermatozoides activos o a la incapacidad de los espermas de nadar lo suficientemente deprisa hasta el óvulo. La AIH también puede ser utilizada cuando el marido está padeciendo de eyaculación precoz.

En la AIH, el esperma se obtiene del marido mediante su masturbación siendo entonces concentrado y mejorado en el laboratorio. Este semen es entonces introducido dentro del cuello del útero de la mujer en sus días más fértiles. El semen es introducido mediante una inyección. Dependiendo de las regulaciones de cada instituto, la inyección puede ser aplicada por un doctor, una enfermera o por la misma pareja.

Por lo que respecta a la shar’iah, no hay problema en la AIH cuando se realiza entre una pareja casada legalmente.

La masturbación está prohibida, entonces ¿Cómo puede ser obtenido el semen del marido para la AIH? Es cierto que la masturbación está prohibida en el fiqh shi’a, pero también hemos dicho que la masturbación provocada directamente por la propia esposa está permitida. Por lo tanto, en el caso de la AIH, la mujer puede masturbar al marido para obtener el semen. Sería interesante conocer como la Iglesia intenta solucionar este problema: “La Iglesia Católica Romana permite la inseminación artificial si el semen del marido que es usado es el producto del coito con su mujer, no de la masturbación, pero esto supone normalmente el coito en la consulta de un doctor, y eso es ‘poco romántico’, dice el Padre Wolak.”

2. INSEMINACIÓN ARTIFICIAL CON SEMEN DE UN DONANTE.

La AID (Artificial Insemination by Donor) es bastante similar a la AIH. Sin embargo, la AID es usada en casos donde el semen del marido es definitivamente inadecuado en cantidad o calidad. En la sociedad occidental, algunas mujeres solteras que desean permanecer sin marido pero desean tener un niño, usan este método para conseguir un embarazo. En Inglaterra, anualmente dos de cada cuatrocientos nacimientos son atribuidos a la AID.

Por lo que al Islam se refiere, la Inseminación Artificial con semen de un donante está absolutamente prohibida, porque se realiza con el semen de un donante y no con el del marido de la mujer.

Ya que no implica ninguna relación sexual entre el donante y la mujer, y por lo tanto, no puede ser calificado como adulterio –alguna gente podría preguntar: ¿Cómo puede ser harám?. El Corán dice claramente:

“Di a las creyentes que bajen la vista con recato y que custodien sus partes pudendas.”

(Corán, 24:30).

El mandato divino de custodiar las partes privadas es incondicional; no dice solamente que se guarden de las relaciones sexuales ilícitas, dice que se guarden de todos excepto de su esposo. Alláh describe a los creyentes como aquellos “que custodian sus partes pudendas salvo de sus esposas… mientras quienes desean más allá de eso, ésos son los que violan la ley.” (Corán, 23:5-7). Por tanto, hasta la inyección del esperma de otro hombre constituye una trasgresión y una violación del mandato de Alláh.

¿Cuál es el status del niño concebido por la AID?

Aunque Alláh prohibe a una mujer concebir un niño mediante la AID, el niño así concebido no podrá ser considerado un niño ilegítimo, ya que no ha sido concebido mediante adulterio, lo cual implica relaciones sexuales ilícitas. La relación niño-madre es clara en tales casos; en cuanto a la relación niño-padre, la mayoría de nuestros actuales ‘ulama’ declaran claramente que él será considerado el hijo del donante –el niño le heredará, siendo mahram a su mujer e hijos.

La decisión de los muytahids está basada en un hadiz que proporciona un ejemplo muy similar al caso de un niño concebido por la AID. Este hadiz ha sido narrado por varias fuentes del Imam Hasan, el Imam Muhammad al-Bâqir y el Imam Ya’far as-Sâdiq (la paz sea con todos ellos). Se les presentó a los Imames el caso de una mujer que había hecho el amor con su marido, e inmediatamente después ella fue con su esclava y tuvo relaciones sexuales con ella, en las cuales el semen de su marido pasó desde ella hasta la vagina de su esclava, quedando esta embarazada. ¿Qué sucede en este caso?.

Los Imames, después de detallar el castigo impuesto a las dos mujeres, dijeron que el niño nacido de la esclava estaría emparentado, y sería dado en custodia, al dueño del semen. (Este es un buen ejemplo de cómo nuestros ‘ulamá’ solucionan problemas en los días modernos, utilizando las mismas fuentes antiguas del Islam).

3. FERTILIZACIÓN IN VITRO.

Los primeros dos métodos eran para casos en que al esperma del marido le faltaba calidad o cantidad. La IVF (In Vitro Fertilization) es una técnica usada mayoritariamente en mujeres cuyos oviductos se encuentran bloqueados y no puede ser remediado mediante operación quirúrgica. También para aquellas que fracasan en la concepción, a pesar de tener los oviductos normales y cuando todas las posibles causas de infertilidad han sido excluidas. ‘In vitro’ significa en un tubo de ensayo.

En la IVF, uno o más óvulos son tomados de la madre mediante una pequeña jeringuilla y son colocados en un tubo de ensayo. Entonces el esperma del marido es usado para fertilizar el óvulo. Después de la fertilización, se induce el desarrollo en el tubo de ensayo, hasta el estado de ocho células. Después se implanta dentro del útero de la madre.

La IVF puede también ser usada cuando el semen del marido contiene pocos espermatozoides y tiene dificultad para fertilizar a un óvulo en la trompa de Falopio. Mediante la IVF, el esperma de tal persona es usado para fertilizar el óvulo en un tubo de ensayo.

Por lo que respecta a la shar’iah, la fertilización in vitro está permitida siempre que se realice entre una pareja casada.

4. OTRAS POSIBILIDADES DE REPRODUCCIÓN HUMANA DISCUTIDAS POR LOS ‘ULAMÁ’.

Es interesante saber que nuestros muytahids se mantienen por delante de la tecnología científica a la hora de decidir sobre temas religiosos o éticos de la reproducción humana. Mientras tratan de la inseminación artificial, ellos también hablan de las siguientes posibilidades:

1. Es permisible inventar un óvulo artificial, fertilizado con esperma de un hombre y permitir que el niño se desarrolle en un útero artificial. En este caso, el niño estará completamente emparentado con su padre. Como mucho, él o ella serán niños sin una madre biológica.

2. Es permisible inventar un esperma artificial e inseminarlo dentro del útero de una mujer. Tal niño estará emparentado completamente a la madre. Como mucho, él o ella serán niños sin un padre biológico.

3. Es permisible coger un óvulo artificial y un esperma artificial, fertilizarlo y desarrollarlos en un útero artificial. Tal niño no estará emparentado a nadie.

4. Si nacen niños gemelos mediante los anteriores procedimientos, entonces en el primer caso ellos será hermanos normales –por ejemplo, no podrán casarse entre sí- pero en el tercer caso, no podrán ser considerados, ni siquiera hermanos ya que no tienen padres.

5. MATERNIDAD SUPLENTE.

La maternidad suplente es un sub-producto de la inseminación artificial. Se creó gran controversia en los círculos legales y éticos del mundo, especialmente después del caso del bebé ‘M’ de 1.987.

La maternidad suplente significa que una mujer permite que un óvulo fertilizado de otra pareja sea inyectado dentro de su útero. Entonces ella lleva al niño hasta el término de su embarazo para la otra pareja. Esto se puede hacer libremente o a cambio de algún dinero como fue en el caso del nacimiento del bebe ‘M’. Este procedimiento de reproducción humana es adoptado cuando una mujer tiene problemas de llevar a su niño hasta su completo término.

Desde el punto de vista de la shar’iah, la maternidad suplente como se describió anteriormente no está permitida porque implica la introducción de esperma de otra persona dentro del útero de la mujer. Esto va en contra de la aleya del Corán que dice que las creyentes deben guardar sus partes privadas excepto de sus maridos.

Hay, sin embargo, ciertos procedimientos en el sistema islámico del matrimonio que podrían permitir alguna forma de la maternidad suplente. Por ejemplo, si una mujer está teniendo problemas en llevar el bebe de su marido hasta su término completo, entonces el marido puede tomar a otra mujer (con base temporal o permanente) y entonces un óvulo de la primera mujer fertilizado con el esperma del marido puede ser inyectado dentro del útero de la segunda mujer con su aprobación.

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¿A cuál de las dos mujeres pertenece el niño? ¿Pertenece a la madre genética (la primera esposa) o a la madre biológica (la segunda esposa)?. De acuerdo con el Ayatolláh al Jomeiní esto depende de la edad del feto. Si fue inseminado en el útero de la segunda mujer después de cuatro meses, entonces pertenece a la primera mujer –la segunda sería como un receptáculo. Si fue inseminada antes de su cuarto mes, entonces será difícil considerar que el niño pertenece a la primera mujer.

Sin embargo, hay otro modo de mirar esta relación. Ya he hablado, antes, sobre las definiciones ‘urfi y sar’i. En el presente caso, la gente común tiene una percepción sobre la relación niño-madre. La ‘urfí diría que la mujer que da a luz es la madre. Así basado en esta percepción ‘urf, diría que el niño pertenece a la madre biológica, la segunda madre, con independencia de la edad en el momento de la inseminación. El niño será mahram para sus otros hijos y también la heredará.

Por lo que se refiere a la relación entre el niño y la primera mujer, diría que aunque ella no es su madre biológica, su status como madre genética la sitúa por encima de una madre rizá’i (Una madre rizá’i es una mujer que no dio a luz al niño, pero lo amamantó). Basado sobre esta relación, el niño será mahram para todos los hijos de la primera mujer, incluso si ellos son de diferentes padres; sin embargo, él o ella no heredarán de ella porque el derecho a la herencia está basado en relaciones uterinas.

B. ALGUNAS CUESTIONES ÉTICAS.

Lo que viene a continuación son temas que están siendo discutidos, en todo momento, desde el punto de vista de la shar’iah. Estos son los resultados de mi interpretación inicial. Espero que esto estimulará una discusión fructífera entre nuestros muytahids.

1. Destrucción de los óvulos fertilizados extra.

En la mayoría de los casos de inseminación artificial, tres óvulos son sacados del cuerpo de la mujer y los tres son fertilizados con los espermatozoides del marido. Pero solamente uno de ellos es utilizado para la implantación dentro del útero de la mujer. Si ésta fracasa en un primer intento, entonces son usados los otros óvulos fertilizados. La cuestión que ha creado mucha controversia es la de los óvulos fertilizados extra y no deseados. ¿Qué se debe hacer con un óvulo fertilizado extra?. ¿Debe ser usado? ¿Puede ser destruido?

De acuerdo con la shar’iah, no habría problema en destruir el óvulo fertilizado extra. No constituiría un aborto ya que, primeramente, el aborto solo tiene lugar después de la implantación del óvulo fertilizado en el útero y, en segundo lugar, el aborto tiene lugar en el cuerpo de una mujer, no es un tubo de ensayo o en una bandeja de laboratorio.

2. Congelación de embriones

Otro sub-producto de la nueva tecnología es el llamado banco de semen, donde los espermatozoides y los óvulos fertilizados son preservados en estado de congelación. Hay cuatro cuestiones que deben ser estudiadas aquí.

Primera: ¿Le está permitido al hombre preservar su esperma en estado de congelación?. Similarmente, ¿Les está permitido a una pareja casada preservar sus óvulos fertilizados por un uso futuro?. Puedo pensar que no hay base en la shar’iah para prohibir tal acto. Esto no es diferente del acto de una persona que dona su sangre.

Segunda: ¿Es permisible vender los espermatozoides o el óvulo fertilizado? Uno no puede vender su esperma para ser inyectado dentro del útero de otra mujer; puede venderlo solamente a una institución científica para investigación médica. Similarmente, una pareja no puede vender sus óvulos fecundados para ser implantados en el útero de otra mujer.

Tercera: ¿Puede una mujer utilizar el óvulo fertilizado preservado o el esperma de su marido después de que este ha muerto? Aparentemente, no hay nada que le impida hacerlo. El óvulo congelado (fertilizado con el esperma de su marido) es de su propiedad y por tanto ella puede usarlo. El niño será, por supuesto, legítimo. Sin embargo, esto debería ser permitido solamente si la mujer no se ha casado con otro hombre después de la muerte de su marido. Puesto que el Islam no permite a la mujer tener más de un marido al mismo tiempo, el segundo marido tomará el lugar del primero en la aleya del Corán que dice, al describir a los creyentes, “que custodian sus partes pudendas, salvo de sus esposas.” (Corán, 23: 5-6)

Cuarta: ¿Puede una mujer utilizar el óvulo fecundado después de que ella se ha divorciado de su marido?. Esto solamente se permite si ella no se ha casado con otro hombre. Tan pronto como se case con otro hombre, ella no podrá usar el óvulo fertilizado o el esperma de su marido anterior. La base de esta opinión es la misma que la mencionada en el caso anterior.

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